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Wed, Apr

PROPONE PAN SANCIONAR A QUIEN DIFUNDA PORNOGRAFÍA INFANTIL A TRÁVES DE REDES SOCIALES

Cámara de Diputados
Con el fin de sancionar a quienes difundan pornografía infantil a través de medios digitales, aplicaciones móviles o plataformas tecnológicas que requieran de una previa suscripción, el diputado
Con el fin de sancionar a quienes difundan pornografía infantil a través de medios digitales, aplicaciones móviles o plataformas tecnológicas que requieran de una previa suscripción, el diputado Mario Manuel Sánchez Villafuerte presentó iniciativa que reforma el Código Penal Federal y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y Para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Durante Sesión semipresencial en la Cámara de Diputados, Mario Villafuerte señaló que el uso de las redes sociales tiene sus ventajas, pero también tiene su lado oscuro para niños y jóvenes, ya que se ha vuelto una nueva forma de adicción, pues viven buscando “Likes” y seguidores. “Pero el uso de estas plataformas no es necesariamente voluntaria o libre, sino que puede prestarse a la pornografía infantil, prostitución, tráfico sexual y tráfico de personas”, agregó.

“Aunque los términos de uso de estas plataformas se establecen que los creadores no deben cargar, anunciar, exhibir o publicar contenido que muestre, incluya o se refiere a personas menores de 18 años, así como muestre, promueva, anuncie se refiere a servicios de acompañamiento, tráfico sexual o prostitución, y en el caso de los usuarios que deben ser mayores de 18 años, en realidad no existe manera alguna de verificación esta situación”, precisó.

Destacó que tal es el caso de las redes sociales como OnlyFans, que funcionan bajo servicio de suscripción mensual de contenido con cargo a tarjetas bancarias, y así los suscriptores tienen acceso a las imágenes y vídeos que el creador decida publicar sin que exista censura alguna; el límite de lo que exhiba, lo establece el creador, por lo que el contenido explícito, erótico y de entretenimiento para adultos es común en ellas.

“Según el informe digital 2020 Global Overview Report de julio de 2020, en la actualidad hay 3960 millones de personas que emplean redes sociales en todo el mundo. En comparación con 2019, el número creció en 376 millones”, refirió el legislador.

Además, indicó que en el contexto de la pandemia por Covid-19 sufrida a nivel mundial en 2020, el uso de las redes sociales se potenció y desde enero de 2020, el crecimiento de OnlyFans ha sido tal que sus transacciones ya han alcanzado por lo menos unos 1000 millones de dólares.

“Por ello, es que este tipo de plataformas comenzaron a ser una opción de generación de ingresos fácil, rápido y desde casa y naturalmente se hizo extensivo a menores de edad”, precisó.

Al finalizar, consideró las siguientes modificaciones para reformar el Código Penal Federal en sus artículos 201 y 202, en lo concerniente a los delitos de:

– Corrupción de menores.

– Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo.

Asimismo, modificar los artículos 14, 15 y 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para sancionar a quienes realicen las siguientes actividades:

– Exploten a una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual.

– Sometan a una persona o se beneficien por someter a una persona para que realice actos pornográficos.

– Se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de grabaciones, filmes, fotografías, imágenes, de carácter lascivo o sexual.

– Procure, promueva, obligue, publicite, gestione, facilite o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de dieciocho años de edad, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal, con fines sexuales.

La iniciativa fue turnada a las comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos para dictamen
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