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PRD PROPONE QUE SUPERDELEGADOS DEJEN EL CARGO SEIS MESES ANTES PARA PODER SER CANDIDATOS

Cámara de Diputados


A fin de limitar y, en su caso, evitar candidaturas ventajosas y alevosas de los llamados “superdelgados” federales, como en el caso de Jaime Bonilla Valdez en la elección para gobernador de


A fin de limitar y, en su caso, evitar candidaturas ventajosas y alevosas de los llamados “superdelgados” federales, como en el caso de Jaime Bonilla Valdez en la elección para gobernador de Baja California el pasado 2 de junio, las diputadas Verónica Juárez Piña y Azucena Rodríguez Zamora propusieron prohibir que sean candidatas o candidatos a puestos de elección popular si no se separan del cargo por lo menos con seis meses de anticipación.

A través de una iniciativa para reformar diversos artículos de la Constitución de la República, presentada en la Comisión Permanente, las legisladoras del Partido del Sol Azteca argumentaron que en la misma Carta Magna ya hay causales de inelegibilidad para evitar prácticas antidemocráticas, como a las que da lugar el convertir en candidatas o candidatos a los “superdelegados”.

El objetivo de tales causales es evitar que un poder ajeno incida en el proceso electoral, evitar coacciones, garantizar la libertad del elector y proteger el principio de equidad, de modo que alguien con autoridad política o legal no utilice los recursos del erario ni al personal a su disposición para promocionarse.

Estas causales de inelegibilidad están previstas en los artículos 55, 58, 82, 116 y 122 de la Constitución para los cargos de Diputado Federal, Senador, Gobernador, Presidente y Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Así, por ejemplo, militares, mandos policíacos, Secretarios o Subsecretarios de Estado, ministros, magistrados y funcionarios de organismos, autónomos, desconcentrados y descentralizados, así como funcionarios del Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral no podrán ser candidatas o candidatos a diputados si no se separan de esos puestos con cierta antelación que pueden ser de días, meses o años, según el caso.

Lo mismo sucede para quienes aspiran a ser senadoras o senadores, los que además deberán tener al menos 25 años cumplidos al día de la elección, y para quienes pretendan encabezar la presidencia de la República, los cuales deberán ser ajenos al estado eclesiástico y ministerios de culto, así como a la titularidad de Secretarías o Subsecretarías de Estado, la Fiscalía General de la República y los Gobiernos estatales al menos con seis meses de antelación.

Rodríguez Zamora y Juárez Piña abundaron que también hay limitaciones para las y los aspirantes a gobernadores y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, de modo que, por ejemplo, quienes hayan ocupado ese puesto bajo cualquier concepto –electo, interino, provisional, sustituto o encargado de despacho- no podrán volverlo a ocupar, ni siquiera por elección.

Las congresistas reiteraron que con estas causales de inelegibilidad se busca evitar una “competencia desleal” de quienes han tenido recursos y personal a su disposición respecto a otros candidatas o candidatos.

Agregaron que esto mismo debe ser válido para los “superdelegados”, nombre popular así dado a los Delegados Estatales y Coordinadores Regionales de Programas para el Desarrollo que surgieron con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en noviembre de 2018.

Además de personal, estos funcionarios controlan información de beneficiarios, padrones y entrega de recursos públicos de cada uno de los estados y regiones donde operan.
Ese poder, al traducirse en precandidaturas y candidaturas a cargos de elección popular, afecta gravemente la autonomía de los poderes, la libertad del sufragio, la equidad de la contienda y el derecho al voto pasivo de los demás ciudadanos que compitan con ellos, tal como sucedió en Baja California con Bonilla Valdez, quien renunció a su puesto de “superdelegado” y a los pocos días se registró como candidato a gobernador, lo que le dio una clara ventaja frente a los otros candidatos.

En conclusión, Verónica Juárez y Azucena Rodríguez propusieron en su iniciativa de reforma constitucional que quienes hayan sido “superdelegados” sólo pueden aspirar a una diputación, senaduría, gubernatura, alcaldía, jefatura de gobierno o la presidencia de la República si se separaron del cargo seis meses antes de registrarse como candidatas o candidatos.
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