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Propone el senadro Esteban Albarran Proteger por ley el patrimonio cultural

Cámara de Senadores
El senador priista Esteban Albarrán Mendoza presentó una iniciativa de ley con proyecto de decreto, que reforma el artículo 36 de la Ley Federal Sobre
El senador priista Esteban Albarrán Mendoza presentó una iniciativa de ley con proyecto de decreto, que reforma el artículo 36 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artisticos e Históricos, mediante el cual se contribuye a proteger el patrimonio cultural tangible e intangible de los mexicanos y amplía el lapso temporal para considerar monumentos históricos a los muebles e inmuebles.

El legislador guerrerense reconoció que si bien la legislación mexicana en materia de patrimonio cultural es muy vigoroza, hace falta precisar algunos conceptos y adicionar articulados que destaquen la importancia del patrimonio cultural.

Albarrán Mendoza consideró que México es un país con un acervo cultural y arquitectonico impresionante, que lo coloca en primer lugar en América Latina en lugares declarados Patrimonio de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Sin embargo, dijo, como afirma Rafael Tovar y de Teresa, todos los pueblos, culturas y sociedades que han florecido sobre el suelo mexicano, han tenido sus propios modos de entender y valorar el acopio de las expresiones y los testimonios de la cultura en el tiempo.

Recordó que fue en el siglo XX cuando México logró la integración conceptual y material de los que hoy se entiende y conoce como el patrimonio cultural del país. En este periódo, agregó, se crearon las leyes correspondientes y se enriqueció el concepto, reconociendo las diversas clases de patrimonio, de las necesidades para atenderlas y de las correspondientes responsabilidades sociales.

Explicó que fue de los años veinte hasta los sesenta, cuando se produjo una conciencia nacional capaz de integrar esféras temporales tan opuestas como son las que forman nuestra historia: el pasado indígena, el Virreinato y la Modernidad. Incluso, añadió, Alfonso Caso, Genaro Estrada y Enrique Fernández Ledesma, por ejemplo, publicaron textos destinados a exhumar valores que motivarían la conservación de un patrimonio común.

Comentó que se expidieron leyes y normas jurídicas para la protección de los bienes culturales, y desde el siglo XIX, se sientaron las bases para ampliar la definición de patrimonio, que hasta el momento se refería exclusivamente a lo tangible.

Recalcó que la legislación mexicana en materia de patrimonio cultural es fuerte, pero hace falta precisar algunos conceptos, por lo que la propuesta de modificación será en el apartado V que a la letra dice:

“Se considerarán también monumentos históricos los muebles e inmuebles construidos o elaborados hasta la segunda década del siglo XX, siempre y cuando cumplan con la relevancia y caracteristicas dispuestas en fracciones anteriores”, concluyó el guerrerense.


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