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Informa INE a diputados sobre pérdida de registro de partidos

Gobierno DF

El Instituto Nacional Electoral (INE) informó a la Cámara de Diputados de las resoluciones de la Junta General Ejecutiva en las que se emiten las declaratorias de pérdida de registro de los partidos del Trabajo y Humanista, por no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación emitida en la elección federal ordinaria para diputados, celebrada el 7 de junio pasado.

El Instituto Nacional Electoral (INE) informó a la Cámara de Diputados de las resoluciones de la Junta General Ejecutiva en las que se emiten las declaratorias de pérdida de registro de los partidos del Trabajo y Humanista, por no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación emitida en la elección federal ordinaria para diputados, celebrada el 7 de junio pasado.

 El documento dado a conocer en la sesión de hoy y publicado en la Gaceta Parlamentaria, detalla que el Partido del Trabajo obtuvo su registro como partido político nacional, el 3 de enero de 1993. Añade que por el principio de mayoría relativa alcanzó el 2.9958 por ciento y por representación proporcional el 2.9915 por ciento.

 A su vez, el Partido Humanista recibió su registro el 9 de julio de 2014, surtiendo efecto a partir del 1 de agosto del mismo año. Por mayoría relativa, obtuvo el 2.2556 por ciento y por representación proporcional, el  2.2598 por ciento.

 Precisa que ambos partidos participaron en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral ordinario correspondiente al 2015, y ejercieron su derecho a postular candidatos a diputados por ambos principios de mayoría relativa y representación proporcional.

 Con esta resolución, los partidos del Trabajo y Humanista pierden todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política y la Ley General de Partidos Políticos, y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2015, que deberán ser entregadas por el INE, de conformidad con el artículo 389 del Reglamento de Fiscalización.

 De igual modo, se resalta que ambos partidos podrán participar en la elección extraordinaria que se convoque, siempre y cuando hubieran participado con candidato en la elección ordinaria que fue anulada (Distrito 1 de Aguascalientes).

 

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